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Pronunciamiento por el 28 de Mayo
Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres

Celebremos la Constitucionalidad de la NOM. 046.
La salud sexual y reproductiva también es un derecho!!!

Como cada año desde 1987, el movimiento feminista de México e internacional,  alza la voz para hacer un llamado a la acción por la salud de las mujeres.

En México este año coincidió con la discusión de una normatividad que beneficia directamente la salud de las mujeres si el sector salud la cumple a cabalidad.

Desde el 16 de abril del 2009 entró en vigor la NOM 046 SSA2-2005 Sobre Violencia familiar, sexual y contra las mujeres, Criterios para la prevención y atención, la cual establece medidas para que las niñas y mujeres abusadas puedan acceder, en las instituciones de salud, a la interrupción legal del embarazo (ILE) y a la anticoncepción de emergencia.

En el marco de las reformas estatales que dicen proteger la vida desde el momento de la concepción, las cuales niegan el aborto a las mujeres en cualquier circunstancia, incluso cuando su vida está en peligro, el gobernador del estado de Jalisco, Emilio González Márquez, interpuso una controversia constitucional contra la norma.

El gobernador argumentó que la NOM 046 contraviene la Constitución del Estado, y que no pueden practicarse interrupciones de embarazo ni dar anticoncepción de emergencia por estar en contra de lo que dice su Artículo 4º, pues considera que la anticoncepción de emergencia es abortiva.

Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación de manera contundente con 10 votos a favor y solo uno en contra, resolvió el pasado 27 de mayo la validez de la norma y se protegen los derechos de las mujeres a decidir en caso de haber sufrido abuso sexual.

La NOM 046 pretende garantizar el derecho a la salud de las víctimas de violencia familiar y sexual, y debe ser aplicada en la totalidad del territorio nacional, estando los gobiernos locales obligados a brindar los servicios que estipula.

Además, aclara que los anticonceptivos de emergencia no tienen efectos abortivos, sino que previenen embarazos no deseados, con lo que se evita que la víctima de una violación tenga que someterse a un aborto.

Cabe recordar que la NOM 046 SSA2-2005 es un compromiso que el Estado mexicano adquirió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por el caso Paulina, niña de 13 años que fue violada y a quien las autoridades de Baja California negaron su derecho de un aborto seguro.

Exigimos que no haya más casos como el de Amelia, niña quintanarroense que será obligada a ser madre a sus 11 años de edad, tras haber sido violada por su padrastro, pues la norma no se encuentra reglamentada en el estado.

Es por eso que en el marco del 28 de mayo, en la defensa de la salud de las mujeres, demandamos la protección de la salud, el acceso a servicios de calidad, información verdadera, científica, oportuna y libre de mitos, respeto a nuestra integridad y a nuestro derecho a decidir.

 

Exigimos a todos los gobiernos estatales el cumplimiento de la NOM 046.

 

Decidir es un derecho, decidir no es un delito.

 

28 de mayo de 2010

ddeser: red por los derechos sexuales y reproductivos en México.

 

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